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10 DE MARZO DE 2023
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO
COMUNICADO DE PRENSA


San Luis Potosí, S.L.P., 10 de marzo de 2023

EN SLP, SE APRUEBA INICIATIVA QUE CREA EL DELITO DE PORTACION DE ARTEFACTOS PONCHA LLANTAS

San Luis Potosí continúa firme en sus estrategias y acciones contra la delincuencia, con la finalidad de brindar verdadera paz, orden y tranquilidad a las familias de los 58 municipios, sostuvo el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Estatal (SSPCE), General Guzmar Ángel González Castillo, al destacar la aprobación de la reforma al Código Penal que tipifica como delito la portación y arrojo de diversos artefactos metálicos a la vía pública, conocidos como “poncha llantas”, por el Pleno del Congreso del Estado.

El jefe policiaco resaltó que esta iniciativa impulsada y presentada por el Mandatario Estatal, Ricardo Gallardo Cardona, al Poder Legislativo alcanza un precedente importante en el combate y debilitamiento de la criminalidad, incluso a nivel nacional, pues es un proyecto que podría replicare en el resto de Entidades federativas. Por ello, agradeció la voluntad y trabajo siempre de las y los 27 diputados locales que votaron por unanimidad a favor de la reforma.

Agregó que las y los potosinos merecen que sus autoridades de los tres órdenes, den resultados efectivos en la mejora de la procuración y aplicación de las leyes augurando espacios y entornos seguros, y que con el respaldo a este proyecto, quien arroje estos objetos de metal para detener el flujo vehicular y, peor aún, afecte la labor y actuación de corporaciones de seguridad y auxilio, recibirá lo que ahora dicta la ley.

General González Castillo, quien este jueves acudió a la sesión en donde fue aprobado dicho proyecto de ley, dijo que la propuesta está basada en la actuación que están teniendo en los últimos años los grupos delincuenciales: “tenemos que hacerles frente con responsabilidad y compromiso social, no solo operativamente hablando sino también impulsando leyes justas para todas y todos”.

Derivado de la reforma aprobada, se modificó el artículo 287 del Código Penal del Estado adicionando el Capítulo V “Delitos Contra la Seguridad Vial” y los Artículos 364 Bis y 364 Ter del Título Décimo Octavo, estableciendo una pena de prisión de dos a cinco años y una multa que va desde los 20 a los casi 52 mil pesos, más la reparación del daño, a las personas que resulten responsables de este ilícito.

Por último, agregó que cuando el delito interrumpa el servicio que brindan autoridades de seguridad por la paz y el orden público, la pena se incrementará a dos terceras partes de la pena: “se trata de una iniciativa que vendrá a fortalecer los mecanismos por el bienestar de la población, a través del actuar policial y la procuración de justicia”.


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